En Navidad no paramos de trabajar y luego brazos cruzados.

Esta es la expresión con la que hace poco un empresario se dirigía a nosotros en, diciendo que durante las navidades trabajaban sin parar y sin embargo luego había días que no tenía trabajo ni el mismo empresario.  ¿Qué podemos hacer en estos casos? ¿Sabe usted que los trabajadores pueden hacer un exceso de horas durante un tiempo del año y luego se lo puede compensar con el descanso equivalente con los límites que establece la ley?

Si su convenio no prevé lo contrario, o si no ha pactado nada con su plantilla, podrá distribuir de forma irregular un 10% de las horas anuales de sus empleados en función de sus necesidades.

Eso sí, deberá respetar el resto de condiciones de trabajo que tengan sus empleados, y también deberá respetar los límites en materia de jornada de trabajo y descansos.-

En todo caso, deberá preavisar con cinco días naturales de antelación sobre las fechas y las horas en que su jornada se realizará de forma irregular.  Aunque la ley no exige ninguna formalidad, es recomendable efectuar el preaviso por escrito para dejar constancia (por ejemplo, mediante un mensaje de correo electrónico). Piense que sus empleados no se podrán negar; y si se niegan a trabajar con la jornada distribuida de forma irregular, usted podrá sancionarlos.

Podrá distribuir de forma irregular el 10% de su jornada, salvo que su convenio o un pacto con su plantilla prevea un porcentaje diferente. Eso sí: si su jornada es de lunes a viernes, no podrá obligarlos a trabajar en sábados ni en domingos

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