Imagen en una oficina

Últimamente la Inspección de trabajo está realizando una campaña para exigir y sancionar a las empresas el control horario de los trabajadores.

La legislación exige al empresario el registro de las jornadas de los trabajadores. Es obligatorio llevar un registro del horario de los empleados e implantar sistemas de control para elaborar y gestionar el registro de la jornada laboral, enfocado a eliminar el fraude de horas extras o exceso de jornadas trabajadas, por no haber tomado vacaciones etc…, por lo que la Inspección de Trabajo está vigilando que se cumpla tanto la jornada diaria como la anual.

El Plan de Control 2016 de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social ha endurecido los controles y está incrementando la revisión de aquellos aspectos que tengan que ver con la actividad de la empresa, sus empleados y el horario de funcionamiento, con especial atención a los registros de jornada y cuadrantes de trabajo de trabajadores.

Si bien ya en el contrato del empleado a tiempo parcial debe indicarse la distribución de la jornada laboral, el empresario debe cumplir por ley dos obligaciones adicionales a esta indicación y al registro diario del horario:

Realización del cómputo total por mes de horas ordinarias y extraordinarias y entrega de copia del resumen al trabajador junto a su nómina.

Conservación de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.

Especialmente para los contratos a tiempo parcial, en caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte del empresario se presumirá automáticamente a jornada completa.

Resulta fundamental para el empresario el registro de horarios de la jornada por lo que debe disponer de una plantilla para gestionar su control y hacer una posterior entrega al trabajador. Aunque no existe un modelo oficial el documento debe contener la siguiente información:

Identidad de la empresa, identificación del trabajador, especificación de la jornada de trabajo recogida en el contrato de trabajo, detalle de las horas laborales, ordinarias y complementarias, realizadas y desglosadas por día efectivo de trabajo, firma del representante legal de la empresa y recibí del trabajador.

1 Comentario