Se tratan de las mismas medidas que se han decretado en Sierra de Yeguas y se prolongarán hasta 15 días

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado las medidas de restricción que este viernes a partir de las ocho de la mañana entrarán en vigor en Cuevas de San Marcos ante la creciente evolución de casos de COVID-19 y que se prolongarán durante al menos dos semanas.

Así, no se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial, la asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados.

Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las diez de la noche a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.

Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las diez de la noche, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

Se cierran peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.

En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de treinta personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

No se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.

Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

Se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público.

Se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas y aforos.