La creciente popularidad de las criptomonedas ha hecho cada vez más frecuente el debate sobre la manera correcta de declararlas en los impuestos. Según datos publicados por RSM, la proporción de ciudadanos españoles con criptoactivos ha pasado del 4% en 2022 al 9% en 2024, reflejando un mayor interés por este tipo de activos.
Paralelamente, la Agencia Tributaria insiste en la necesidad de informar sobre las ganancias y pérdidas derivadas de operaciones con criptomonedas, debido a que se clasifican como bienes patrimoniales o inversiones.
Cómo funciona la declaración de la renta en España
La campaña para presentar la declaración de la renta en España se realiza habitualmente entre abril y junio. En 2025, el plazo comenzó el 2 de abril y finalizará el 30 de junio. Durante este periodo, el contribuyente debe declarar sus ingresos, inversiones y cualquier ganancia o pérdida procedente de actividades financieras, incluidas, obviamente, las criptomonedas.
Según la Agencia Tributaria, las criptomonedas no son consideradas divisas tradicionales, sino bienes o activos de inversión. Por lo tanto, cada operación (compra, intercambio, conversión, donaciones, etc.) puede generar la obligación de declarar ganancias o pérdidas patrimoniales.
Los mecanismos de control y verificación para cruzar datos están cada vez más avanzados. Actualmente, incluso usando un wallet anónima, los inversores deben mantener registros claros y realizar declaraciones correctas para evitar multas y otras sanciones. Todas las operaciones y activos están sujetos a obligaciones fiscales.
Si solo has comprado criptomonedas y las mantienes en tu cartera, sin venderlas ni intercambiarlas, no tendrás que tributar inmediatamente por su posible revalorización. No obstante, cuando realices una venta o intercambio, surgirá una ganancia (o pérdida) patrimonial que tendrás que incluir en tu declaración.
Cualquier venta de criptomonedas a cambio de euros (u otra moneda fiduciaria) implica una posible variación patrimonial que debe ser declarada. Asimismo, intercambiar una criptomoneda por otra (por ejemplo, cambiar Bitcoin por Ethereum) se considera una transmisión patrimonial, debiendo calcularse la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de intercambio.
De la misma forma, pagar productos o servicios con criptomonedas equivale fiscalmente a venderlas, generando potencialmente ganancias o pérdidas dependiendo del valor inicial de adquisición. En cuanto a la minería, España diferencia principalmente entre dos tipos: Proof of Work (PoW) y Proof of Stake (PoS).
En el caso del PoW, Hacienda puede exigir que el minero se registre como autónomo, dado que la actividad se considera prestación de servicios. Por otra parte, en el PoS, las recompensas derivadas del staking suelen calificarse como rendimientos del capital mobiliario.
Además, tanto estas recompensas como los airdrops (recepción gratuita de criptoactivos) representan un incremento patrimonial y, por tanto, están sujetos a tributación. La forma específica de declarar dependerá del tipo de operación realizada (inversión, donación, rendimiento del capital), pero en todos los casos es obligatorio informar correctamente de los importes obtenidos.
Dónde declarar las criptomonedas en la declaración de la renta (IRPF)
Para facilitar el control y la inspección, la declaración de la renta española cuenta con un apartado específico destinado a las criptomonedas. En la campaña de 2025 se mantiene el formato de años anteriores, aunque con un mayor número de casillas específicas para criptoactivos.
La casilla 1800 se utiliza específicamente para declarar ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones con criptomonedas. Sin embargo, cada operación debe declararse individualmente. Es decir, si una persona ha realizado 35 transacciones durante el año, deberá cumplimentar 35 líneas o apartados diferentes, detallando fecha, valor de compra, valor de venta o intercambio, así como la diferencia resultante.
La ausencia o imprecisión en estos registros puede ocasionar problemas con la Agencia Tributaria. El sistema español de tributación de ganancias patrimoniales sigue un esquema progresivo. Aunque los porcentajes pueden ajustarse anualmente, según la normativa vigente se aplica un impuesto del 19% para ganancias hasta 6.000 euros.
Desde los 6.000 hasta 50.000 euros se tributa al 21%; entre 50.000 y 200.000 euros al 23%, y a partir de 200.000 euros, el impuesto sube al 26%. Estas escalas aplicadas a los beneficios derivados de criptomonedas son idénticas a las que se utilizan para otros tipos de ganancias patrimoniales, como la venta de acciones o fondos de inversión.
Además, en caso de pérdidas, estas pueden compensarse con ganancias obtenidas en otras operaciones, disminuyendo así la base imponible total. Asimismo, España exige declarar los saldos mantenidos en criptoactivos en exchanges extranjeras cuando se superan ciertos límites, por ejemplo, mediante el Modelo 720.
Este año también se han introducido nuevos modelos para simplificar la declaración, como los Modelos 721, 722 e 723, dada la gran diversidad del mercado cripto.