El Ayuntamiento de Cuevas San Marcos recurrirá al TSJA tras una condena por vulneración del derecho a la información de los ediles

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Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos

Según la sentencia, el alcalde denegó el acceso a esos expedientes aduciendo problemas derivados de la premura de tiempo y del volumen de la información solicitada

El Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos ha sido condenado por el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Málaga a pagar las costas del proceso judicial celebrado tras la denuncia del Grupo Municipal Socialista por vulneración del derecho de información de los miembros de la Corporación, ante la petición de la edil Carmen Molero sobre determinados expedientes, cara al pleno que se iba a celebrar el pasado 9 enero.

El Consistorio va a recurrir la sentencia al Tribunal Superior de Andalucía (TSJA) al entender que la Justicia resuelve a favor de la concejala socialista, como si se hubiera denegado el acceso a la información, cuando sí se llegó a dar acceso a la misma tras la sesión plenaria, debido a la elevada cantidad de documentación solicitada.

Asimismo, a esta situación derivada del volumen informativo, hay que añadir la premura con la que se pidieron los expedientes. «La información fue solicitada por el Grupo Socialista el día 7 de enero a las nueve menos cinco de la noche, cuando recuerdo que, aun disponiendo este alcalde de cinco días para contestar, se le trasladó que se le estaba preparando la documentación», ha manifestado el alcalde de Cuevas de San Marcos, José María Molina, haciendo alusión al punto 2 del artículo 14 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Aunque el artículo 15 del ROF indica que los servicios administrativos locales están obligados a facilitar la información, sin necesidad de que los miembros de la Corporación acrediten estar autorizado, en casos, por ejemplo, de asuntos tratado por los órganos colegiados de los que formen parte, como pueda ser un pleno municipal; desde la representación legal del Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos también se recuerda que la documentación no era necesaria para analizar los puntos del pleno, pues venía referida a un punto que se llama «dación de cuenta de decretos» en el que se informa a todos los concejales de todos los decretos dictados en los últimos tres meses, «y todo lo que solicitó el PSOE venía referido a estos decretos».

Dada la cantidad de información solicitada, desde el Gobierno municipal no comprenden por qué el Grupo Socialista apuró tanto para solicitar los expedientes que requerían, máxime si se quiere estudiar con detenimiento. Las Comisiones Informativas se celebraron el 13 de diciembre de 2024, mientras que la sesión plenaria se convocó el 31 de diciembre. Con lo que la edil del PSOE podía haber pedido la información incluso los días 2 ó 3 de enero, por ejemplo; aunque finalmente lo hizo a unas 44 horas antes de la celebración del pleno.

De hecho, para la representación legal del Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos, ésta es una cuestión que no ha sido tenido en cuenta por el juzgado, «cuando ya no daba tiempo a prepararla para la celebración del pleno». «Solicitar a un día y medio tal cantidad de información… Hay una clara intención de, o bien presentar lo que se ha presentado y decir que no se ha querido dar la documentación, o de entorpecer el normal funcionamiento de este Ayuntamiento, que recordamos es un municipio pequeño. No entendemos esta política que se está haciendo por parte del PSOE. Este alcalde nunca se niega a dar documentación», ha asegurado Molina.

Sentencia

Según la sentencia, la concejala socialista presentó un escrito solicitando el acceso a determinados expedientes para preparar un pleno municipal. En contestación a la solicitud, el alcalde denegó el acceso a esos expedientes aduciendo problemas derivados de la premura de tiempo y del volumen de la información solicitada.

Al respecto, el PSOE insiste en que la normativa dispone que «la documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, que deba servir de base al debate y, en su caso, votación, deberá figurar a disposición de los Concejales o Diputados, desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría de la Corporación», es decir, desde el 31 de diciembre.

La portavoz socialista Carmen Molero ha criticado que el alcalde «impida que desde la oposición podamos hacer nuestro trabajo de control y fiscalización del gobierno municipal». «Esta sentencia pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos gobernado por el PP es poco transparente. No es de recibo que tengamos que acudir a los tribunales para que el alcalde nos facilite en tiempo la información que por ley nos tiene que dar», ha concluido.

 

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