Información alimentaria obligatoria en el etiquetado

1
8

En el etiquetado de los alimentos, será obligatorio mencionar las siguientes indicaciones:

Por un lado mencionar la denominación del alimento, la lista de ingredientes que lo componen, especificando todos los ingredientes o coadyuvante tecnológico, así como la cantidad de determinados ingredientes o determinadas categorías de ingredientes. Además habrá que especificar la cantidad neta del alimento, la fecha de duración mínima o la fecha de caducidad.

Las condiciones especiales de conservación y/o las condiciones de utilización será otro de los puntos importantes a tener en cuenta, asimismo habrá que concretar el nombre o la razón social y la dirección del operador de la empresa alimentaria, así como el país de origen o lugar de procedencia.

Por último habrá que precisar el modo de empleo en caso de que, en ausencia de esta información, fuera difícil hacer un uso adecuado del alimento. Y en lo que corresponde a las bebidas que tengan más de un 1,2% en volumen de alcohol, se especificará el grado alcohólico volumétrico adquirido, además de su información nutricional.

Fuente: Reglamento Europeo 1169/2011.

1 COMENTARIO