La prohibición de barbacoas y quemas agrícolas comienza el 1 de junio

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Desde mañana hasta el próximo 15 de octubre queda prohibida la realización de barbacoas, quemas agrícolas, así como el paso de vehículos a motor por espacios forestales y zonas de influencia forestal en Andalucía -dejando una franja de 400 metros alrededor-, debido al alto peligro de incendios durante esa época.

La medida -que cumple ya una década- afecta a la quema de vegetación natural o residuos forestales y tampoco se podrán encender fuego para cualquier preparación de alimentos, incluyendo las zonas de acampada o zonas recreativas que estén acondicionadas para ello.

Sólo se permite el uso de barbacoas en el caso de establecimientos de alojamientos turísticos autorizados y en restaurantes rurales, así como la preparación de alimentos en campamentos infantiles o el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo; siempre bajo autorización expresa y previa de la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio  En lo que respecta la utilización de vehículos a motor, la excepción se hará en el uso de las servidumbres de paso, o la utilización de vehículos para servicios de emergencia o extinción de incendios, los servicios ecoturísticos autorizados o la celebración de romerías.

Como recuerda la Consejería, en lo que va de año, el 31 % de los siniestros declarados en Andalucía son como consecuencia de negligencias relacionadas con la quemas agrícolas o matorral. Así, de los 155 siniestros originados en lo que va de año, 48 están relacionados con negligencias por quemas agrarias, de matorral o basura.

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