Los edificios con más de 50 años tendrán que presentar un informe de evaluación periódico

4
19
Los edificios con más de 50 años de antigüedad deberán presentar un informe de evaluación periódico que acredite su conservación, accesibilidad y eficiencia energética, tras la entrada en vigor con fecha 22 de septiembre de la ordenanza reguladora del Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) correspondiente a Antequera. Se trata de una ordenanza que nace en virtud de lo estipulado en normativa autonómica y estatal al respecto.
La nueva ordenanza establece la obligación de realizar un IEE periódico con el objeto de acreditar la situación en que se encuentran, al menos en relación con el estado de conservación del edificio y con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los mismos. 
Concretamente, tendrán que realizar el IEE antes del 28 de junio de 2018 los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que a fecha 28 de junio de 2013 tuvieran ya una antigüedad superior a 50 años.
De igual forma lo deberán hacer en el plazo máximo de cinco años los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que vayan alcanzando la antigüedad de 50 años a partir de día 28 de junio de 2013.
Hay que puntualizar que un edificio de tipología residencial de vivienda colectiva es el compuesto por más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda contener, de manera simultánea, otros usos distintos al residencial. Además, se entiende incluido en esta tipología el edificio destinado a ser ocupado o habitado por un grupo de personas que, sin constituir núcleo familiar, compartan servicios y se sometan a un régimen común, tales como hoteles o residencias.
También están obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.
El Informe de Evaluación se podrá presentar en cualquiera de las Oficinas de Registro del Ayuntamiento, para su anotación en el Registro de Edificios. Una vez realizado esto, el Ayuntamiento podrá comunicar a la propiedad el resultado de dicha evaluación.
Si el Informe de Evaluación es favorable en cuanto al estado de conservación se trasladará la obligación de realizar el próximo en un plazo de diez años, mientras que si es desfavorable se detallarán las deficiencias a corregir proponiendo el modo de realización de las obras y un plazo apropiado para su subsanación.
El Informe de la Evaluación de los Edificios podrá ser suscrito tanto por los técnicos facultativos competentes como, en su caso, por las entidades de inspección registradas que pudieran existir en las Comunidades Autónomas, siempre que cuenten con dichos técnicos.
Además de la publicación de la ordenanza en la web, también se procede a la publicación del listado de edificios obligados a presentar este informe como fecha tope el 28 de Junio de 2018, listado que se irá actualizando todos los años con los nuevos edificios que se vayan incorporando al cumplir la antigüedad. En la actualidad, un total de 88 están incluidos en esta relación.
Los datos de antigüedad han sido obtenidos a través de la Oficina Virtual de Catastro y se enviara un escrito dirigido a la comunidad de propietarios indicándole los aspectos en cuanto a la obligación de presentación del IEE, escrito que también quedará publicado en la web.
La concejal de Urbanismo, Teresa Molina, ha informado también que existen subvenciones y ayudas públicas estatales para la implantación del IEE contempladas en base al artículo 77 del decreto autonómico 141/2016 por el cual se regula el Plan de Vivienda y Rehabilitación 2016-2020.

4 COMENTARIOS