El portavoz de Izquierda Unida, Fran Matas, ha presentado las propuestas que se han realizado desde la asamblea de su grupo municipal para las Ordenanzas Fiscales de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), para bienes e inmuebles (IBI) y para el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).
En primer lugar, ha querido resaltar que hasta el próximo 6 de septiembre hay un proyecto por obligación legal en el que los ciudadanos pueden aportar sus consultas en el portal web del Ayuntamiento.
Desde la asamblea han presentado su proyecto, que presentarán en el mes de octubre, en el que se recogen diferentes medidas para «favorecer» a aquellas familias que tengan poca liquidez;
Impuesto de Bienes e Inmuebles
Modificación del tipo de gravamen del artículo 3 de la Ordenanza Fiscal, pasando del 07,75% al 05,60% lo que supone la reducción en el tipo del casi 0,23% y la modificación del tipo de gravamen de la Ordenanza número 1 de la ordenanza rústica al 03%.
Bonificación del 70% de la cuota íntegra de los bienes e inmuebles en Los Nogales, La Joya, La Higuera por ser municipios vinculados al sector primario.
Por otro lado, solicitan la creación de un tipo incrementado de conformidad con la posibilidad prevista en el artículo 72 de Hacienda locales, atendiendo a los usos de la normativa castrastal para la valoración de las construcciones que se aplicarán como máximo al 10% del término urbano cuyo valor exceda el límite mínimo para cada uso.
Gravamen de solares sin edificar con un recargo del 50% del impuesto para solares urbanos que no hayan edificado en el plazo de cinco años desde que adquirieron su condición de edificable. Aplicable también a aquellos muebles de usos residenciales que se encuentren desocupados con carácter permanente, pero en los términos recogidos en el artículo 25 Decreto de Ley de 2013 para cumplir con la función social de la vivienda. “Únicamente quedaría sujeto prácticamente a aquellos inmuebles en manos de promotoras y entidades financieras”, ha explicado.
Impuesto de ICIO
Bonificación del 90% en la cuota íntegra que favorezca movilidad, accesibilidad y habitabilidad a las personas con discapacidad, siempre que sea la vivienda del solicitante o un establecimiento al público y la obra no supere 15.000 (IVA incluido).
Bonificación del 95% de aquellas construcciones y para las obras que realicen los jóvenes agricultores y ganaderos de obras de adaptación a la nueva normativa sectorial vigente.
Impuesto IVTM
Exenciones a vehículos eléctricos y bajada de los tipos para vehículos pesados y agrícolas.