El Ayuntamiento de Antequera, a través de la Jefatura del Área de Seguridad y de la Policía Local, pretende hacer un compendio de las medidas adoptadas en el Real Decreto-ley 463/2020, por el que se declara el Estado de Alarma, y la posterior legislación que afecta a las actividades propias del día a día de los vecinos.
La finalidad de toda la normativa es reducir a la mínima expresión los desplazamientos, evitando con ello la propagación del virus pero entendiendo, a su vez, que las necesidades básicas necesitan de una mínima ocupación de las vías públicas. Es por lo que se permite el uso de las mismas en los siguientes casos:
– Adquisición de alimentos y productos de higiene personal.
– Consultas en centros sanitarios y adquisición de tratamientos en farmacias.
– Desplazamientos al centro de trabajo, si está considerado actividad esencial.
– Traslado para asistencia de personas mayores y discapacitados.
– Desplazamientos a entidades financieras y de seguros.
– Paseo de mascotas el tiempo imprescindible y en un radio de unos 50 metros.
El ejercicio de estos fines no debe ser argumento ni pretexto para realizar salidas inmotivadas o que puedan ser concentradas en una sola, pues si bien no se establece un número máximo, se recomienda por el interés general que estas salidas se reduzcan al máximo tanto en su frecuencia como en su duración.
Por último, cabe dejar claro que, con carácter general, el desplazamiento en vehículos es individual, si bien la norma permite la ocupación de una persona por fila de asientos para aquellas actuaciones que requieran necesariamente ese número de ocupantes, como puede ser el traslado de un menor a un centro asistencial, no resultando justificado desplazarse más de una persona para hacer compras.
Para cualquier duda o información, los interesados pueden ponerse en contacto con la Policía Local en los teléfonos 092, 952708103 y 952708104.