La Junta ha puesto a disposición de los contribuyentes de Málaga un total de 13 puntos de atención gratuita para la confección, modificación de datos y presentación de Declaraciones de la Renta correspondientes a 2015.

Este servicio se gestionará directamente en la sede de la Agencia Tributaria de Andalucía (Atrian) de la capital y en las 12 Oficinas Liquidadoras de la provincia, ubicadas en Álora, Antequera, Benalmádena, Coín, Estepona, Fuengirola, Manilva, Marbella, Mijas, Ronda, Torrox y Vélez-Málaga. Hasta la fecha, más de 141.000 contribuyentes malagueños han presentado ya su Declaración de la Renta.

El objetivo de esta iniciativa es facilitar a los andaluces el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, asistiéndoles en la liquidación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) mediante un servicio de atención presencial y personalizada. En todo el territorio de la comunidad autónoma están disponibles un total de 104 puntos de atención.

La previsión de la Agencia Tributaria es atender en toda Andalucía en torno a 40.000 contribuyentes que podrán acceder a este servicio mediante cita previa durante toda la campaña de la Renta, es decir, hasta el próximo 30 de junio. Para un mejor servicio, las citas podrán acomodarse a las necesidades de los ciudadanos, de modo que los puntos de atención estarán abiertos al público durante toda lo jornada, en horario continuado de mañana y tarde.

Un total de 234 empleados públicos atenderán personalmente a los ciudadanos para la correcta confección de su IRPF siguiendo el nuevo modelo RentaWEB, así como proporcionándoles información sobre los beneficios fiscales autonómicos que se pueden aplicar y que pueden no estar recogidos en los borradores de la declaración.

El IRPF es un tributo personal y directo que grava la renta, cuya recaudación está cedida parcialmente a las comunidades autónomas que tienen atribuidas determinadas competencias normativas. Así, la Junta de Andalucía ha regulado diversas deducciones para los contribuyentes de la comunidad autónoma orientadas a favorecer a las familias, el acceso a la vivienda, con especial atención a los jóvenes, la protección de las personas con discapacidad y los trabajadores.


Deducciones autonómicas
En el ámbito familiar se pueden aplicar deducciones de 50 euros por cada hijo menor de 3 años así como por parto múltiple; de 600 euros por adopciones internacionales; y de 100 euros para familias monoparentales, que podrán incrementarse con otros 100 euros en el caso de que convivan con ascendientes mayores de 75 años. Asimismo, las familias en las que ambos progenitores trabajen y tengan ayuda doméstica pueden deducirse el 15% de las cotizaciones a la Seguridad Social por ese contrato.

Para el apoyo a personas con discapacidad, Andalucía ha establecido deducciones de 100 euros para contribuyentes con discapacidad igual o superior al 33% o cuyo cónyuge o pareja de hecho tenga reconocida una discapacidad del 65%. La misma cuantía podrá deducirse por asistencia a descendientes o ascendientes con discapacidad así como el 15% de los costes de Seguridad Social, hasta un máximo de 500 euros anuales, por los gastos de asistencia por terceras personas.

La Junta también ha regulado deducciones por la percepción de ayudas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual protegida (30 euros), así como por inversión en vivienda habitual (2% de las cantidades satisfechas para adquisición o rehabilitación en vivienda protegida durante el ejercicio) y para jóvenes menores de 35 años (3% de inversión en vivienda habitual). Asimismo, será deducible el 15% de las cantidades destinadas al alquiler de vivienda habitual de jóvenes hasta un máximo de 500 euros en el periodo impositivo. En el IRPF de 2015 también se puede deducir el 5% de las cantidades destinadas a obras, en cualquier vivienda propiedad del contribuyente y radicada en Andalucía, realizadas en 2012 y que no pudieron deducirse en ese ejercicio.

Los andaluces también pueden aplicarse deducciones del 20% de lo invertido en adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en sociedades mercantiles. También serán deducibles los gastos de defensa jurídica en procedimientos de despido, extinción de contratos y reclamaciones, con un límite de 200 euros.

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