La Real Academia de Nobles Artes de Antequera, que a partir de las 20:30 horas clausura el curso 2015-16, tiene previsto este año comenzar las obras de adaptación de la Casa de los Laude, para convertirla en la futura sede de la institución. Como recuerdan, para acometer los trabajos, cuentan con una subvención del Ayuntamiento, sin embargo también necesitan fondos para dotar al espacio de mobiliario y equipos necesarios. Por ello, vuelven a recordar en su web y perfil de Facebook, su campaña para la promoción de donaciones que contribuyan a «ayudar de manera importante el desarrollo de nuestra actividad en beneficio de la sociedad».


Según la Real Academia, los medios económicos de los que dispone para llevar a cabo todas su actividades son «muy escasos», procediendo prácticamente en su totalidad de las ayudas publicas de la Junta de Andalucía, «cuyo importe no cubren las necesidades económicas para las acciones y programas que se pretenden».

Como recuerdan, la Academia antequerana, es una Corporación de Derecho Público que cumple con los requisitos de la Ley 49/2002, por lo que las donaciones recibidas tienen derecho a deducción tanto para las personas físicas como las jurídicas. Además, en el caso de las, en el IRPF correspondiente a 2016 podrá deducirse el 75% del importe de los donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 30% o del 35% si lleva colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable. Por su parte, las personas jurídicas, en el Impuesto de Sociedades podrán deducirse el 35% de los donativos íntegros. Si lleva colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.

Los interesados pueden realizar su donación de dos formas: mediante transferencia bancaria en las una cuenta del Banco Sabadell (ES52 0081 7470 3100 0117 5118) y de Unicaja (ES44 2103 2001 7600 3001 3258), rellenando el formulario de domiciliación bancaria o el impreso de domiciliación bancaria, que puede firmar electrónicamente y enviarlo a la entidad.