El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado este miércoles la resolución de la Junta Electoral sobre los emplazamientos disponibles para la colocación gratuita de carteles y, en su caso, pancartas y banderolas de cara a las elecciones generales de 2019.

Tal como expresa el documento oficial «no se permite la colocación de ninguna clase de publicidad en la totalidad de las farolas del municipio, ni tendida entre báculos (tipo pancarta) ni suspendida sobre su columna (tipo banderolas) ni apoyada o fijada sobre la misma». De este modo, en estas elecciones no veremos las típicas banderolas con la foto de los candidatos como en otras convocatorias. El motivo, como también explica el informe publicado en el BOP, es que «el Ayuntamiento ha adjudicado mediante concurso público un contrato mixto de suministro y servicios energéticos y mantenimiento integral con garantía total de las instalaciones de alumbrado público, iluminación ornamental y semafórica de su propiedad a una empresa privada, por lo que no está facultado el Ayuntamiento para la gestión directa de dichos elementos».

Del mismo modo, se fija la opción de poner tableros de aglomerado en el lateral del campo de fútbol 7 “Ciudad de Antequera”, situado frente al Paseo Real.Módulos de mobiliario urbano efímero en los siguientes lugares: Barriada de los Remedios. Barrio Girón. Barrio de San Juan. Barriada García Prieto. Estación de Autobuses. Vallas exteriores metálicas de cerramiento de las pistas municipales de “Fútbol-7” sitas en urbanización Parquesol, y del campo de fútbol de césped artificial “Ciudad de Antequera”.

Además, no podrá colocarse propaganda, ni pancartas o carteles de ningún tipo en monumentos ni edificios públicos. No se autoriza la colocación de cartelería apoyada sobre señales de tráfico.

Con el fin de poder hacer frente a posibles responsabilidades sobre los peatones y usuarios
de las vías públicas, bienes de dominio público, inmobiliario urbano, etc., las entidades que soliciten autorización para la colocación de publicidad sobre, o en elementos públicos, deberán tener contratada y en vigor una póliza de responsabilidad civil y daños a terceros con la que responder suficientemente de los daños que pudieran ocasionarse.
Desde la Junta Electoral advierten que la trasgresión de esta disposición conllevará que por los Servicios Operativos Municipales se proceda a la inmediata retirada de los elementos que se hubiesen instalado, con el depósito de los mismos en los almacenes municipales a disposición de sus propietarios.
Localizaciones para actos electorales
El expediente además regula los espacios que tendrán los partidos a su disposición para realizar mitines o actos electorales. Para su utilización los partidos politicos, coaliciones o agrupaciones deberán comunicar al Ayuntamiento a través de Gabinete de Alcaldía a efectos de una buena organización, las solicitudes presentadas a la Junta Electoral de Zona de uso de los espacios mencionados anteriormente.

Entre ellos, está el Teatro Municipal Torcal, en calle Cantareros, número 8. Salón de actos de la Casa de la Cultura, calle Carreteros, número 8. Salón de actos de la Escuela de Empresas “Antequera 2010”, en avenida de la Vega, 8, polígono industrial de Antequera. Sala Antonio Parejo de la Biblioteca Supramunicipal de San Zoilo. Sala Exposiciones del edificio San Juan de Dios “Pinacoteca Andaluza Ciudad de Antequera”. Patio del edificio San Juan de Dios. Edificio de Usos Múltiples de los siguientes anejos: Bobadilla Pueblo, Cañada de Pareja, Cartaojal, Colonia de Santa Ana, La Higuera, la Joya, Las Lagunillas, los Llanos y Villanueva de Cauche. Edificio de Usos Múltiples de la Entidad Local Autónoma de Bobadilla Estación.

En cualquiera de los elementos de las instalaciones externas o internas citadas anteriormente no se podrán fijar ningún tipo de propaganda política o de otra clase, comprometiéndose, además los partidos políticos, coaliciones o agrupaciones que utilicen estos lugares a dejarlos en las mismas condiciones de limpieza en que los reciban, asumiendo al mismo tiempo las responsabilidad de cualquier deterioro que en los mismos puedan producirse como consecuencia y con ocasión de este uso.