vida

Trabajadores y trabajadoras autónomos pueden conciliar vida familiar y vida laboral.

Los autónomos tienen tres formas para poder conciliar la vida profesional y familiar de forma  bonificada, que se encuentran reflejadas en tres artículos recogidos en el Estatuto del trabajo autónomo.

Por un lado, se encuentra la bonificación a los trabajadores por cuenta propia por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación, que está recogida en el artículo 30, (LETA). (Bonificación autónomo por cuidado de menores de 12 años, vinculado a la contratación).

Por otro lado se encuentran las bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural (art. 38, LETA). (Bonificación autónomo durante el descanso por maternidad o paternidad).

Y, las bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos (bis) art. 38, LETA). (Tarifa plana para mujeres autónomas que se reincorporen tras la maternidad, tan solo pagarían 50 euros al mes durante un año.

Cada una de las opciones  podrá ser aplicada con sus correspondientes peculiaridades, para lo que deben de informarse, para empezar a disfrutar de la conciliación de su vida familiar con el trabajo autónomo. Asesoría Gerimar puede asesorarle al respecto, tanto de este tema como de tantos otros de los que tenga dudas. Puede llamar al 952 84 04 04 o pasarse por su oficina en calle Lucena, número 10 bajo, en Antequera.

24 Comentarios