Este es el décimo año en el que esta iniciativa del Ayuntamiento está vigente con el fin de ayudar a las empresas del sector, favorecer la apertura de establecimientos y fomentar el empleo

El Ayuntamiento de Antequera ya ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para que los establecimientos de hostelería puedan optar a la exención de las tasas por ocupación de terrenos de uso público para mesas y sillas con finalidad lucrativa. Las solicitudes se deben presentar a través del Registro Municipal hasta el día 26 de febrero.

Este año se ha ampliado en un mes y medio del plazo con respecto a años anteriores para facilitar dicho trámite por la Covid-19 y la gran incidencia económica que está produciendo sobre los establecimientos hosteleros que pueden acogerse a esta exención.

Además, el Ayuntamiento se encuentra inmerso en el proceso de aprobación de una nueva ordenanza de terrazas, que pretende ampliar el plazo de otorgamiento de las mismas.

Se trata del décimo año consecutivo en el que está vigente esta iniciativa promovida por el Equipo de Gobierno del alcalde Manuel Barón con el objetivo de ayudar a las empresas del sector, favorecer la apertura de establecimientos y fomentar el empleo; este año, con más motivo debido a las fuertes consecuencias que ha sufrido este sector con motivo de la pandemia.

La teniente de alcalde Teresa Molina ha recordado que con esta medida se pretende desarrollar un doble objetivo: reducir impuestos a pequeñas y medianas empresas del sector y contribuir a una mayor apertura de estos establecimientos de cara a fomentar el Turismo y la oferta hostelera que se ofrece tanto a visitantes como a vecinos de la ciudad, fomentando así el consumo en la misma y la creación de empleo.

La normativa vigente condiciona dicha exención a que los establecimientos hosteleros tengan que estar abiertos al público un mínimo de diez horas diarias; que estén abiertos seis días a la semana y que el día de cierre del mismo no pueda realizarse en viernes, sábado, domingo o día festivo, siendo además requisito que el calendario de apertura comprenda del 1 de marzo al 31 de octubre. Además, la hora máxima establecida para comenzar la actividad será a las 12 horas.

Todo ello estará condicionado a su vez a las limitaciones horarias vigentes de la Junta de Andalucía a consecuencia de las restricciones que puedan estar en activo en un momento dado por la pandemia del coronavirus.